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Aficionado retirará demanda contra Boy; Disciplinaria abre investigación

GUADALAJARA -- Parece que el conflicto entre Tomás Boy y Luis Carlos Velázquez, aficionado que insultó al estratega del Atlas en el Estadio Jalisco, llegará muy pronto a su fin, por lo menos del lado del fanático que recibió el golpe del estratega rojinegro.

La tarde del lunes se reunieron en el Club Atlas Colomos Velázquez, el propio Boy, Heriberto Ramón Morales, director deportivo y Gabriel Saucedo, director operativo de los Zorros. En esta charla se ofrecieron disculpas ambas partes, uno por insultar y el otro por agredir.

En cuanto se verifique que el aficionado que se encontraba en el partido del Atlas ante Toluca en la zona VIP, sitio desde donde el "Jefe" siguió el encuentro, no tiene ninguna lesión de consideración se retirará la denuncia, pues no quiere seguirle sumando sanciones a Boy, más de las que el mismo Club y la Federación le impondrán al entrenador de los tapatíos.

La Federación Mexicana de Futbol es contundente al señalar en el Capítulo III del Reglamento de Sanciones: "Infracciones cometidas por integrantes del cuerpo técnico" que "agredir al público en la tribuna" se castigará de 10 a 12 partidos de suspensión y de 18 a 450 días de salario mínimo; por lo que en dado caso de que los Zorros accedan a la final de este Apertura 2014 ,Tomás Boy no podría estar dirigiendo en la cancha.

SE ABRE INVESTIGACIÓN
Mientras tanto, la Comisión Disciplinaria ya tomó cartas en el asunto y abrió investigación por lo sucedido en contra de Tomás Boy.

"Se informa que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 72 del Reglamento de Sanciones se inició de oficio un procedimiento de investigación respecto a los acontecimientos suscitados el pasado sábado 18 de octubre al finalizar el encuentro Atlas vs. Toluca, donde supuestamente se vio involucrado Tomas Boy, Director Técnico del Atlas con un aficionado. La Comisión Disciplinaria analizará, y determinará lo conducente", informó el organismo.

CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTOS

A. DETERMINACIÓN DE LAS SANCIONES

Artículo 72
En todos los casos la Comisión Disciplinaria determinará la sanción a imponer según la infracción cometida y lo dispuesto por el presente Reglamento, el Estatuto Social y el Código de Ética de la FMF.

La Comisión Disciplinaria sancionará a los responsables de los hechos que constituyan una infracción y que atenten contra las normas que rigen el fútbol federado, así como el principio de deportividad y el "Fair Play".

Las infracciones disciplinarias son perseguibles de oficio o a petición de la parte afectada. En los casos en que la Comisión Disciplinaria actúe de oficio, tendrá un término de 48 horas a partir de que tuvo conocimiento de los hechos para determinar la sanción correspondiente, pudiendo ampliar dicho término cuando la naturaleza de los hechos precisen de una investigación más a fondo, no pudiendo extenderse a más de 10 días naturales.

Por regla general, la Comisión Disciplinaria sancionará de oficio las siguientes infracciones:

a) Alineación Indebida

b) Infracciones graves no vistas por los Oficiales de Partido

c) Conducta Violenta no vista por los Oficiales de Partido

d) Mostrar lemas o publicidad no autorizada

e) Aceptar dádivas

f) Realizar festejos excesivos o inapropiados

g) Disturbios o acontecimientos graves, contrarios a las normas de seguridad fuera del Estadio que no hayan advertido los Oficiales de Partido.

h) Engañar al Cuerpo Arbitral aparentando haber recibido una falta dentro del área penal o anotar un gol con la mano.

Los acontecimientos que no se encuentren dentro de los incisos anteriores serán perseguibles a petición de parte, excepto aquellos casos que no se encuentren tipificados o que sean de tal gravedad que la Comisión Disciplinaria juzgue procedente estudiar de oficio.